1. Registro sanitario (RGSEAA): Todos los establecimientos alimentarios deberán estar inscritos en el Registro General Sanitario de Alimentos (según establece el Real Decreto 191/2011, de 18 de Febrero, modificado por el Real Decreto 682/2014, de 1 de Agosto) o poseer una Autorización Sanitaria de Funcionamiento.
ASEAL le ofrece realizar todas las gestiones necesarias para que la Administración otorgue las solicitudes de autorización de funcionamiento o la concesión o validación del número de registro sanitario, desde la redacción de las memorias de actividad a la entrega de los propios documentos, incluyendo cambios y ampliaciones de actividad, modificación de instalaciones, etc. que su empresa necesite.
2. Asesoramiento en caso de expedientes administrativos: Ponemos a su disposición nuestro servicio de asesoramiento en caso de expedientes administrativos relacionados con los productos alimenticios.